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En cumplimiento de la Ley General de Subvenciones y de su Reglamento de desarrollo, en particular del artículo 17.3, las bases reguladoras que se establecen en la presente orden ministerial se estructuran en 3 capítulos, 40 artículos, 2 disposiciones finales y 4 anexos. El capítulo segundo se refiere a las características de las ayudas, exponiendo las modalidades e incompatibilidades, la intensidad máxima de las ayudas y los conceptos susceptibles de ayuda, el uso del denominado «bono digital», la determinación de su importe y la cesión del mismo en función de los acuerdos que se formalicen, la ejecución de la actividad subvencionada y el pago de las ayudas. El Programa Kit Digital tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado. Los beneficiarios recibirán una ayuda en función de su tamaño, midiendo éste según su número de empleados. A los efectos de estas bases, el derecho de cobro que nace de la resolución de concesión se denomina «bono digital».
- Por su dilatada y trascendente labor en la puesta en marcha y desarrollo de la Especialidad de Psicología Clínica en nuestro país.
- En particular, la comprobación de las justificaciones se realizará por la entidad colaboradora sobre la documentación justificativa aportada por el agente digitalizador en nombre del beneficiario.
- F) Cumplir todas las condiciones que estén contenidas en el Anuncio de Adhesión para ser agente digitalizador.
- A su vez, bajo el lema “cero papeles”, Red.es ha diseñado un sistema de tramitación con el que se utilizan herramientas de robotización e inteligencia artificial para reducir la carga burocrática y que permite disminuir el número de documentos a presentar, lo que permite acortar los plazos de concesión.
- No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, en los términos del artículo 10 de esta Orden, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
¿Cómo solicitar el bono de Kit Digital y acceder a las ayudas con un sólo formulario?
Cuadernos Manchegos, cabecera decana de la prensa en Tomelloso. Meisys ha lanzado un nuevo curso formativo titulado “Revisiones sistemáticas de principio a fin”, una propuesta de especial interés para los médicos que deseen profundizar en la síntesis… Es importante recordar que no se considera una mejora los desarrollos sobre soluciones ya existentes, actualizaciones de versiones o nuevas versiones de una misma solución.
A día de hoy, los trabajadores por cuenta propia y pymes que reciban el bono digital tienen un abanico de doce soluciones distintas para invertir el importe de las ayudas. La convocatoria para solicitar el kit digital para pymes está abierta. Inscríbete y solicita la ayuda para digitalizar tu negocio. El bono digital oscila entre los 2.000€ y los 12.000€, en función del número de trabajadores que tenga la empresa, incluyendo al autónomo titular del negocio. El Kit Digital es un programa revolucionario de ayudas económicas respaldado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation. Su misión principal es impulsar la transformación digital de autónomos y pequeñas y medianas empresas (PYMEs), permitiéndoles aprovechar al máximo las oportunidades que ofrece el entorno digital.
Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00
La incorporación de sistemas digitales en la empresa está llevando a una intensa innovación en ámbitos como la gestión operativa y de personal, los procesos industriales, las relaciones comerciales, la cooperación interempresarial o el marketing. Además, la capacidad de gestión y procesamiento de datos, así como las tecnologías de inteligencia artificial, están transformando todos los sectores económicos, impulsando el surgimiento de empresas emergentes innovadoras y, sobre todo, generando nuevas oportunidades ligadas a la escala de operaciones y la internacionalización. Con el objetivo de facilitar a las pymes y los profesionales autónomos el acceso a las ayudas, los agentes digitalizadores adheridos podrán colaborar en las tareas de solicitud y serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa.
Los solicitantes, en el formulario de solicitud, podrán autorizar al órgano instructor a recabar los datos relativos a los documentos exigidos, quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarlos. El órgano concedente se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y documentación complementaria para acreditar la veracidad de la documentación presentada. El órgano concedente podrá ceder los datos facilitados por los solicitantes a las entidades colaboradoras del artículo 14 de la presente orden en el marco de sus competencias con la finalidad de que éstas realicen actividades de prevención del fraude y blanqueo de capitales.
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– La referencia al código de identificación de la solución de digitalización seleccionada en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. La extinción del beneficiario implicará la pérdida de derecho al cobro de los pagos aún no efectuados de la ayuda correspondiente a los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización y el reintegro por parte del beneficiario de los importes pagados de la ayuda más los intereses de demora correspondientes. El acuerdo por el que se inicie el procedimiento de pérdida de derecho al cobro y/o de reintegro deberá indicar la causa que determina su inicio, las obligaciones incumplidas y el importe de la financiación afectado. En caso de que el beneficiario desista de un Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales formalizado, se perderá el derecho a cobro del importe acordado en el mismo o concurrirá causa de reintegro en el caso de que dicho importe hubiera sido pagado con anterioridad. El procedimiento e instrucciones para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización se detallará en cada convocatoria.
También podrá consultarse el catálogo de agentes digitalizadores, compuesto por más de 9.300 agentes. Tras este paso, los autónomos podrán acceder a la Sede Electrónica de Red.es y solicitar el Kit Digital. Las ayudas, que tienen consideración de subvención directa y que son otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, están destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado.
La tercera convocatoria se dirige a los autónomos con hasta dos empleados
Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario, según se establece en el apartado 3 de este artículo. El beneficiario podrá formalizar Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización únicamente para una solución de digitalización por cada Categoría de Solución de Digitalización del Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. La adhesión al programa Kit Digital implica el compromiso de realizar buenas prácticas en la prestación de servicios a empresas. E) No promocionar a través de los canales y medios del Programa Kit Digital productos y servicios que no correspondan con las referencias publicadas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa establecido de conformidad con el artículo 12, y no condicionar al beneficiario para que contrate cualquier otro producto que no corresponda el Catálogo de soluciones mencionado. El beneficiario deberá establecer medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude en el cumplimiento autonomoskitdigital.es de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación y la falsificación de la documentación. El beneficiario deberá declarar al órgano concedente todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
D) Conformidad expresa del beneficiario de las soluciones instaladas y prestadas. A) Detalle técnico y funcional de las soluciones instaladas y prestadas y sus costes de conformidad con el Acuerdo de Prestación de las Soluciones de Digitalización. D) Indicación expresa de que ha sido financiado a través de «Financiado por el Programa Kit Digital. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España-Next Generation EU». D) Los gastos derivados de procedimientos judiciales. Obtener y enviar los datos de todos y cada uno de los perceptores finales de los fondos.
En este sentido, se comprobará que se ha prestado en su totalidad según lo establecido en el mismo, pudiendo quedar supeditado el pago de la subvención a su cumplimiento. Se podrán realizar comprobaciones técnicas mediante visitas in situ o a distancia. El beneficiario deberá entregar al órgano concedente la información necesaria para medir la contribución de la actividad subvencionada al correspondiente indicador establecido en el hito u objetivo correspondiente, según los procedimientos que se establezcan en las convocatorias. Asimismo, deberá atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones. En particular, la comprobación de las justificaciones se realizará por la entidad colaboradora sobre la documentación justificativa aportada por el agente digitalizador en nombre del beneficiario.

